Ashly Michelle Edgar
Paola Figueroa Alavez
Grupo: 138
ALERTA DE
GÉNERO
ÍNDICE
Presentación
del tema
- Definición y concepto
Desarrollo
- Explicación del tema
- Argumentos
- Conclusiones
Referencias
ALERTA DE GÉNERO
PRESENTACIÓN
Definición
La palabra alerta tiene una
etimología muy similar a la de alarma. Proviene del italiano all´erta que
quiere decir ¡a la erta! Erta es el participio femenino del verbo italiano
ergere (erguir, levantar), que viene del latín erigere y significa subida.
Con origen en el latín genus / generis, la
noción de género tiene una multiplicidad de usos y
aplicaciones según el ámbito en el que sea utilizada dicha palabra.
Concepto
Es una forma extrema de violencia del género
femenino, producto de la vulneración de sus derechos humanos en un ámbito
público y privado, conformada por una serie de conductas misóginas que pueden
conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio o
feminicidio.
Existen tres hipótesis para que se emita una alerta
de género a nivel federal, estas son:
- Los delitos del orden común
contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres
que perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así
lo reclame.
- Exista un agravio comparado
(3) que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres;
- Cuando así lo soliciten los
organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades
federativas, los organismos de la sociedad civil y/o los organismos
internacionales.
DESARROLLO
Explicación del tema
¿Qué es la alerta de género?
Se trata de una serie de acciones que el Gobierno tendría que
realizar para hacer frente a la violencia cuando se vuelve exacerbada por
feminicidios y violación a los derechos de las mujeres.
Son acciones emergentes que los Gobiernos deben de tomar, una vez que se
ha determinado que existe una situación de violencia que lo amerita y que hay
que hacer más allá de lo que actualmente se está haciendo.
La alerta de genero garantiza la seguridad de mujeres y
niñas, el cese de la violencia en su contra y/o eliminar las desigualdades
producidas por una legislación o política pública que agravia sus derechos
humanos. (Artículo 23 de la Ley de Acceso).

El análisis de quienes pensamos que debe emitirse la alerta, es porque
ha aumentado la violencia en los últimos diez años. Si se compara a otros
estados probablemente se piense que no es tanto, pero si observamos un
comparativo a la situación actual con la de hace más de una década parece que
sí.
¿Cuántas Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres se han
declarado?
Estado de México: Se declaró el 31 de julio de
2015 en 11 municipios: Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de
Baz, Toluca de Lerdo, Chalco, Chimalhuacán, Naucalpan de Juárez, Tultitlán,
Ixtapaluca, Valle de Chalco y Cuautitlán Izcallí.
Morelos: Se declaró el 10 de agosto de 2015 para
ocho municipios: Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jiutepec, Puente de Ixtla,
Temixco, Xochitepec y Yautepec.
Michoacán: Se declaró el 27 de junio de 2016 para
14 municipios: Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán,
Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huétamo, La Piedad,
Sahuayo y Maravatío.
Chiapas: Se declaró el 18 de noviembre en 7
municipios del estado: Comitán de Domínguez, Chiapa de Corzo, San Cristóbal de
las Casas, Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez y Villaflores. Asimismo,
requiere acciones específicas para la región de los Altos de Chiapas, la cual
incluye los municipios de Aldama, Amatenango del Valle, Chalchihuitán, Chamula,
Shanal, Chenalhó, Huiztán, Larráinzar, Mitontic, Oxchuc, Pantelhó, San
Cristóbal de las Casas, San Juan Cancuc, Santiago El Pinar, Tenejapa, Teopisca
y Zinacantán.
Nuevo León: Se declaró el 18 de noviembre en
5 municipios del estado: Apodaca, Cadereyta Jiménez, Guadalupe, Juárez y
Monterrey.
Veracruz: Se declaró el 23 de noviembre de 2016
en 11 municipios: Boca del Río, Coatzacoalcos, Córdoba, Las Choapas, Martínez
de la Torre, Minatitlán, Orizaba, Poza Rica de Hidalgo, Tuxpan, Veracruz y
Xalapa.
Sinaloa: Se declaró el 31 de marzo de 2017 en 5
municipios: Ahome, Culiacán, Guasave, Mazatlán y Navolato.
Colima: Se declaró el 20 de junio de 2017 en 5
municipios: Colima, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Tecomán y Villa de Álvarez.
San Luis Potosí: Se declaró el 21 de junio de
2017 en 6 municipios: Ciudad Valles, Matehuala, San Luis Potosí, Soledad
de Graciano Sánchez, Tamazunchale y Tamuín.
Guerrero: Se declaró el 22 de junio de 2017 en 8
municipios: Acapulco de Juárez, Ayutla de los Libres, Chilpancingo de los Bravo,
Coyuca de Catalán, Iguala de la Independencia, José Azueta, Ometepec y Tlapa de
Comonfort.
Quintana Roo: Se declaró el 7 de julio de 2017 en
tres municipios: Benito Juárez, Cozumel y Solidaridad. Asimismo, requiere
acciones específicas para el municipio de Lázaro Cárdenas, municipio de
población indígena.
Nayarit: Se declaró el 4 de agosto de 2017 en
siete municipios: Acaponeta, Bahía de Banderas, Del Nayar, Ixtlán del Río,
Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tepic. Asimismo, establece acciones específicas
para los municipios con predominante población indígena: Del Nayar, La Yesca y
Huajicori.
¿Se ha decidido no declarar alguna Alerta de Violencia de Género contra
las Mujeres?
En siete ocasiones se ha determinado no declarar la AVGM debido a que se
ha concluido que se actualizan elementos objetivos suficientes para declarar
procedente la alerta de violencia de género contra las mujeres:
Guanajuato: el 30 de junio de 2015 se notificó la
no procedencia de la AVGM.
Baja California: el 19 de mayo de 2016, se
notificó la no procedencia de la AVGM.
Querétaro: el 9 de febrero de 2017 se notificó la
no procedencia de la AVGM.
Puebla: el 7 de julio de 2017, se notificó la no
procedencia de la AVGM.
Cajeme, Sonora: el 4 de agosto de 2017 se
notificó la no procedencia de la AVGM.
Tabasco: el 4 de agosto de 2017 se notificó la no
procedencia de la AVGM.
Tlaxcala: el 4 de agosto de 2017 se notificó la
no procedencia de la AVGM.

¿Cuántas solicitudes de Alertas de Violencia de Género contra las
Mujeres están vigentes?
Al día de hoy, hay 7 procedimientos en trámite: Campeche, Durango, Jalisco, Oaxaca, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
SUCEDIÓ EL
FEMINICIDIO EN SAN FELIPE JALAPA DE DÍAZ
Dio
muerte a su mujer, le dan 80 años de cárcel
El hombre que en junio del
año pasado dio muerte a su mujer con un cuchillo, en la en el poblado de San
Felipe Jalapa de Díaz, fue hallado culpable sentenciado ayer a 80 años de
prisión. Se trata del cónyuge de una
mujer de 33 años de edad, cuyo cuerpo sin vida fue localizado con heridas en el
cuello en el interior de su vivienda ubicada en la calle Miguel de la Madrid de
la primera Sección.
Para la Fiscalía General del
Estado, esto se logró en el marco del convocado por el paro nacional de
actividades celebrado ayer con el objetivo de denunciar los casos de
feminicidios ocurridos en México y en Latinoamérica.
Multa y reparación del daño
Se detalló que en el Tribunal
de Debate del Juzgado de Garantías de la ciudad de Tuxtepec, dentro de la causa
penal 175/2015 se determina la culpabilidad del hombre por el delito de
feminicidio agravado.
Asimismo, se le condenó al
pago de la reparación del daño proveniente del ilícito cometido, por 171 mil
823.60 pesos y una multa de 8 mil 280 pesos.
No hay crimen perfecto
La mañana del 4 de junio de 2016, vecinos y
familiares de Valentina se extrañaron de no verla en el corredor o en el patio
de su vivienda, como solía hacerlo todas las mañanas.
Por curiosidad se asomaron y
quizás despertarla, pues pudo haberse quedado dormida. Terrible y desagradable
sorpresa se llevaron cuando vieron el cuerpo ensangrentado en el piso.
De acuerdo con los primeros
reportes que ese día dieron a conocer las autoridades policiacas, eran notables
las heridas mortales en el cuello de la fémina.
Eran las 11:00 horas cuando
el pueblo se alarmó, se indigno ante estos acontecimientos. Policías
municipales y preventivos se aproximaron al sitio para constatar y finalmente
acordonar el área.
Desde ese momento, como
probable autor comenzó a destacarse el nombre de Erwin M. H., esposo de la
víctima, quien fue buscado durante horas pero ese día no fue capturado. La
causa de muerte fue hemorragia externa intensa por laceración de grandes vasos
del cuello y tráquea, ocasionando por instrumentos punzantes, reveló en su momento
en medio forense de la Fiscalía General del Estado.
Abren juicio
Dentro de la causa penal 175/2015
y una vez capturado el presunto feminicida, el 12 de Abril de este año se dictó
auto de apertura a juicio, señalándose para este mes de Agosto la audiencia de
debate de juicio oral, en donde se desahogaron las pruebas ofrecidas por la Fiscalía,
controvertidas por la Defensa del acusado.
Una vez que el tribunal de
debate escucho y valoró todas las pruebas, por unanimidad de votos dictó fallo
de condenatorio en contra del hombre que en un tiempo dijo amar y respetar a su
cónyuge.
Pena máxima
La Fiscalía solicitó se le
impusieron al acusado la pena máxima establecida por el artículo 412 del Código
Penal vigente en el Estado, el cual establece una pena mínima de 40 años de
prisión y una máxima de 60, aumentado en un tercio en razón de la relación de
matrimonio existente entre el acusado y la víctima. De tal manera que la condena fue de 80 años de cárcel
Uno de los pocos casos de femicidio que se ha condenado al agresor a una pena máxima, en el estado de Oaxaca.
Argumentos
Cabe
señalar que a partir de la reforma que busca la paridad de género en la entidad
la cantidad de mujeres que se han incorporado a cargos de representación
popular se ha incrementado. Pero sin embargo esto ha traído consigo situaciones
de violencia política de género. Así las cifras denotan la violencia feminicida
a las mujeres que sin embargo a pesar de que ya hay organizaciones para
defender los derechos y para denunciar a las alertas de género no se ve ningún
resultado ya que en ocasiones algunas autoridades no hacen caso a las mujeres
que sin embargo no detienen su denuncia a lo que deberían de poner más atención
para que no haya casos extremadamente peligrosos hacia las mujeres.
Pero
tras la alerta de género el gobierno deberá diseñar un
programa de trabajo que permita implementar las medidas de seguridad,
prevención y justicia previstas en la declaratoria, entre las que destacan
publicar y divulgar en medios de comunicación y lugares estratégicos la
naturaleza y los alcances de la alerta con
información accesible para la población.
También deberá diseñar y ejecutar inmediatamente una estrategia para la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo para prevenir las alertas de género que hoy en dio son muy comunes.
También deberá diseñar y ejecutar inmediatamente una estrategia para la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo para prevenir las alertas de género que hoy en dio son muy comunes.
Conclusiones
Podemos concluir, que la alerta de
género, aún no esta admitida en todos los estados del país, por lo tanto, no es
posible parar los feminicidios.
También, en algunos casos, no es tomado
como feminicidio, el asesinato de mujeres,por lo tanto esta alerta no sirve de
nada ya que no es llevada cabo como debe ser.
Si la alerta no es tomada en cuenta por
los estados del país, los feminicidios seguiran y no pararan hasta que la
sociedad por medio de instituciones presione al gobierno para que sea admitida,
y se castigue a los agresores de las victimas.
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