domingo, 15 de octubre de 2017

Ashly Michelle Edgar
Paola Figueroa Alavez
Grupo: 138

ALERTA DE GÉNERO
ÍNDICE  
Presentación del tema
  • Definición y concepto
Desarrollo
  • Explicación del tema
  • Argumentos 
  • Conclusiones
Referencias 



ALERTA DE GÉNERO

PRESENTACIÓN
Definición
La palabra alerta tiene una etimología muy similar a la de alarma. Proviene del italiano all´erta que quiere decir ¡a la erta! Erta es el participio femenino del verbo italiano ergere (erguir, levantar), que viene del latín erigere y significa subida.
Con origen en el latín genus / generis, la noción de género tiene una multiplicidad de usos y aplicaciones según el ámbito en el que sea utilizada dicha palabra. 

Concepto
Es una forma extrema de violencia del género femenino, producto de la vulneración de sus derechos humanos en un ámbito público y privado, conformada por una serie de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio o feminicidio.
Existen tres hipótesis para que se emita una alerta de género a nivel federal, estas son:
  • Los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres que perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame.
  • Exista un agravio comparado (3) que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres;
  • Cuando así lo soliciten los organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, los organismos de la sociedad civil y/o los organismos internacionales.
DESARROLLO
Explicación del tema
¿Qué es la alerta de género?
Se trata de una serie de acciones que el Gobierno tendría que realizar para hacer frente a la violencia cuando se vuelve exacerbada por feminicidios y violación a los derechos de las mujeres.
Son acciones emergentes que los Gobiernos deben de tomar, una vez que se ha determinado que existe una situación de violencia que lo amerita y que hay que hacer más allá de lo que actualmente se está haciendo.
La alerta de genero garantiza la seguridad de mujeres y niñas, el cese de la violencia en su contra y/o eliminar las desigualdades producidas por una legislación o política pública que agravia sus derechos humanos. (Artículo 23 de la Ley de Acceso).
El análisis de quienes pensamos que debe emitirse la alerta, es porque ha aumentado la violencia en los últimos diez años. Si se compara a otros estados probablemente se piense que no es tanto, pero si observamos un comparativo a la situación actual con la de hace más de una década parece que sí.
¿Cuántas Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres se han declarado?
Estado de México: Se declaró el 31 de julio de 2015 en 11 municipios: Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca de Lerdo, Chalco, Chimalhuacán, Naucalpan de Juárez, Tultitlán, Ixtapaluca, Valle de Chalco y Cuautitlán Izcallí.
Morelos: Se declaró el 10 de agosto de 2015 para ocho municipios: Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jiutepec, Puente de Ixtla, Temixco, Xochitepec y Yautepec.
Michoacán: Se declaró el 27 de junio de 2016 para 14 municipios: Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán, Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huétamo, La Piedad, Sahuayo y Maravatío.
Chiapas: Se declaró el 18 de noviembre en 7 municipios del estado: Comitán de Domínguez, Chiapa de Corzo, San Cristóbal de las Casas, Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez y Villaflores. Asimismo, requiere acciones específicas para la región de los Altos de Chiapas, la cual incluye los municipios de Aldama, Amatenango del Valle, Chalchihuitán, Chamula, Shanal, Chenalhó, Huiztán, Larráinzar, Mitontic, Oxchuc, Pantelhó, San Cristóbal de las Casas, San Juan Cancuc, Santiago El Pinar, Tenejapa, Teopisca y Zinacantán.
Nuevo León: Se declaró el 18 de noviembre en 5 municipios del estado: Apodaca, Cadereyta Jiménez, Guadalupe, Juárez y Monterrey.
Veracruz: Se declaró el 23 de noviembre de 2016 en 11 municipios: Boca del Río, Coatzacoalcos, Córdoba, Las Choapas, Martínez de la Torre, Minatitlán, Orizaba, Poza Rica de Hidalgo, Tuxpan, Veracruz y Xalapa.
Sinaloa: Se declaró el 31 de marzo de 2017 en 5 municipios:  Ahome, Culiacán, Guasave, Mazatlán y Navolato.
Colima: Se declaró el 20 de junio de 2017 en 5 municipios: Colima, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Tecomán y Villa de Álvarez.
San Luis Potosí: Se declaró el 21 de junio de 2017 en 6 municipios: Ciudad Valles, Matehuala, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Tamazunchale y Tamuín.
Guerrero: Se declaró el 22 de junio de 2017 en 8 municipios: Acapulco de Juárez, Ayutla de los Libres, Chilpancingo de los Bravo, Coyuca de Catalán, Iguala de la Independencia, José Azueta, Ometepec y Tlapa de Comonfort.
Quintana Roo: Se declaró el 7 de julio de 2017 en tres municipios: Benito Juárez, Cozumel y Solidaridad. Asimismo, requiere acciones específicas para el municipio de Lázaro Cárdenas, municipio de población indígena.
Nayarit: Se declaró el 4 de agosto de 2017 en siete municipios: Acaponeta, Bahía de Banderas, Del Nayar, Ixtlán del Río, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tepic. Asimismo, establece acciones específicas para los municipios con predominante población indígena: Del Nayar, La Yesca y Huajicori.
¿Se ha decidido no declarar alguna Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres?
En siete ocasiones se ha determinado no declarar la AVGM debido a que se ha concluido que se actualizan elementos objetivos suficientes para declarar procedente la alerta de violencia de género contra las mujeres:
Guanajuato: el 30 de junio de 2015 se notificó la no procedencia de la AVGM. 
Baja California: el 19 de mayo de 2016, se notificó la no procedencia de la AVGM. 
Querétaro: el 9 de febrero de 2017 se notificó la no procedencia de la AVGM.
Puebla: el 7 de julio de 2017, se notificó la no procedencia de la AVGM.
Cajeme, Sonora: el 4 de agosto de 2017 se notificó la no procedencia de la AVGM.
Tabasco: el 4 de agosto de 2017 se notificó la no procedencia de la AVGM.
Tlaxcala: el 4 de agosto de 2017 se notificó la no procedencia de la AVGM.

¿Cuántas solicitudes de Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres están vigentes?
Al día de hoy, hay 7 procedimientos en trámite: CampecheDurangoJaliscoOaxacaVeracruzYucatán y Zacatecas.


SUCEDIÓ EL FEMINICIDIO EN SAN FELIPE JALAPA DE DÍAZ
Dio muerte a su mujer, le dan 80 años de cárcel
El hombre que en junio del año pasado dio muerte a su mujer con un cuchillo, en la en el poblado de San Felipe Jalapa de Díaz, fue hallado culpable sentenciado ayer a 80 años de prisión. Se trata del cónyuge de una mujer de 33 años de edad, cuyo cuerpo sin vida fue localizado con heridas en el cuello en el interior de su vivienda ubicada en la calle Miguel de la Madrid de la primera Sección.
Para la Fiscalía General del Estado, esto se logró en el marco del convocado por el paro nacional de actividades celebrado ayer con el objetivo de denunciar los casos de feminicidios ocurridos en México y en Latinoamérica.

Multa y reparación del daño
Se detalló que en el Tribunal de Debate del Juzgado de Garantías de la ciudad de Tuxtepec, dentro de la causa penal 175/2015 se determina la culpabilidad del hombre por el delito de feminicidio agravado.
Asimismo, se le condenó al pago de la reparación del daño proveniente del ilícito cometido, por 171 mil 823.60 pesos y una multa de 8 mil 280 pesos.

No hay crimen perfecto

 La mañana del 4 de junio de 2016, vecinos y familiares de Valentina se extrañaron de no verla en el corredor o en el patio de su vivienda, como solía hacerlo todas las mañanas.
Por curiosidad se asomaron y quizás despertarla, pues pudo haberse quedado dormida. Terrible y desagradable sorpresa se llevaron cuando vieron el cuerpo ensangrentado en el piso.
De acuerdo con los primeros reportes que ese día dieron a conocer las autoridades policiacas, eran notables las heridas mortales en el cuello de la fémina.
Eran las 11:00 horas cuando el pueblo se alarmó, se indigno ante estos acontecimientos. Policías municipales y preventivos se aproximaron al sitio para constatar y finalmente acordonar el área.
Desde ese momento, como probable autor comenzó a destacarse el nombre de Erwin M. H., esposo de la víctima, quien fue buscado durante horas pero ese día no fue capturado. La causa de muerte fue hemorragia externa intensa por laceración de grandes vasos del cuello y tráquea, ocasionando por instrumentos punzantes, reveló en su momento en medio forense de la Fiscalía General del Estado.

Abren juicio

Dentro de la causa penal 175/2015 y una vez capturado el presunto feminicida, el 12 de Abril de este año se dictó auto de apertura a juicio, señalándose para este mes de Agosto la audiencia de debate de juicio oral, en donde se desahogaron las pruebas ofrecidas por la Fiscalía, controvertidas por la Defensa del acusado.
Una vez que el tribunal de debate escucho y valoró todas las pruebas, por unanimidad de votos dictó fallo de condenatorio en contra del hombre que en un tiempo dijo amar y respetar a su cónyuge.

Pena máxima


La Fiscalía solicitó se le impusieron al acusado la pena máxima establecida por el artículo 412 del Código Penal vigente en el Estado, el cual establece una pena mínima de 40 años de prisión y una máxima de 60, aumentado en un tercio en razón de la relación de matrimonio existente entre el acusado y la víctima. De tal manera  que la condena fue de 80 años de cárcel

Uno de los pocos casos de femicidio que se ha condenado al agresor a una pena máxima, en el estado de Oaxaca.

Argumentos 
Cabe señalar que a partir de la reforma que busca la paridad de género en la entidad la cantidad de mujeres que se han incorporado a cargos de representación popular se ha incrementado. Pero sin embargo esto ha traído consigo situaciones de violencia política de género. Así las cifras denotan la violencia feminicida a las mujeres que sin embargo a pesar de que ya hay organizaciones para defender los derechos y para denunciar a las alertas de género no se ve ningún resultado ya que en ocasiones algunas autoridades no hacen caso a las mujeres que sin embargo no detienen su denuncia a lo que deberían de poner más atención para que no haya casos extremadamente peligrosos hacia las mujeres.
Pero tras la alerta de género el gobierno deberá diseñar un programa de trabajo que permita implementar las medidas de seguridad, prevención y justicia previstas en la declaratoria, entre las que destacan publicar y divulgar en medios de comunicación y lugares estratégicos la naturaleza y los alcances de la alerta con información accesible para la población.

También deberá diseñar y ejecutar inmediatamente una estrategia para la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo para prevenir las alertas de género que hoy en dio son muy comunes.

Conclusiones
Podemos concluir, que la alerta de género, aún no esta admitida en todos los estados del país, por lo tanto, no es posible parar los feminicidios.
También, en algunos casos, no es tomado como feminicidio, el asesinato de mujeres,por lo tanto esta alerta no sirve de nada ya que no es llevada cabo como debe ser.
Si la alerta no es tomada en cuenta por los estados del país, los feminicidios seguiran y no pararan hasta que la sociedad por medio de instituciones presione al gobierno para que sea admitida, y se castigue a los agresores de las victimas.

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